El Tesoro propone normas que vinculan los listados de stablecoins extranjeras con auditorías del exchange

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AI summary iconResumen
El Departamento del Tesoro de EE.UU. ha propuesto nuevas normas para criptomonedas bajo la Ley GENIUS, que requieren que los exchanges de EE.UU. y los proveedores de servicios de activos digitales realicen debida diligencia sobre stablecoins de pago emitidas en el extranjero. Los proveedores deben confirmar el cumplimiento del emisor extranjero con las órdenes legales de EE.UU. y asegurar que no esté sujeto a una prohibición pública bajo la Ley GENIUS. La propuesta también exige a las plataformas considerar toda la información razonablemente disponible, revocando el acceso a la stablecoin si se descubren representaciones falsas. Las normas no especifican los tokens calificados ni el futuro estado de stablecoins como USDT. El régimen general comenzará el 18 de enero de 2027, con límites más estrictos a partir del 18 de julio de 2028. Los emisores extranjeros deben cumplir requisitos específicos, incluyendo la supervisión bajo un régimen comparable a los estándares de EE.UU. y el registro ante la Oficina del Controlador de la Moneda. Las exenciones se aplican a las transferencias directas y a las transacciones de monederos personales. Los comentarios sobre estas nuevas listas de tokens deben presentarse antes del 19 de octubre de 2026.

Las reglas propuestas por el Tesoro bajo la Ley GENIUS requerirían que los exchanges de EE.UU. y otros proveedores de servicios de activos digitales realicen debida diligencia sobre stablecoins de pago emitidas en el extranjero. Los proveedores podrían confiar en la representación de un emisor extranjero sobre su capacidad e intención de cumplir con órdenes legales de EE.UU. solo después de una debida diligencia razonable. Los proveedores podrían perder el acceso a una stablecoin extranjera si saben, tienen motivos para saber o deberían saber que la representación es falsa o que el emisor no puede o no cumplirá. El Tesoro indica que la debida diligencia debe confirmar que el emisor no está sujeto a una prohibición pública de comercio secundario bajo la Ley GENIUS. Esta verificación no sería suficiente por sí sola. Las plataformas también necesitarían considerar toda la información razonablemente disponible sobre el emisor. La propuesta no identifica tokens calificados ni decide si USDT u otra stablecoin nombrada podría seguir estando disponible. El Tesoro espera que el régimen general de la Ley entre en vigor el 18 de enero de 2027, a menos que las reglas finales de implementación activen una fecha anterior según la ley. Un límite de oferta más estricto comenzará el 18 de julio de 2028. Después de esa fecha, un proveedor cubierto generalmente solo podría ofrecer o vender una stablecoin de pago a alguien en EE.UU. si el token proviene de un emisor estadounidense permitido o de un emisor extranjero que cumpla con los requisitos de la Sección 18. Un emisor extranjero calificado necesitaría supervisión bajo un régimen que el Tesoro considere comparable. El emisor también necesitaría registro ante la Oficina del Contralor de la Moneda. El emisor necesitaría reservas suficientes en una institución financiera estadounidense para la liquidez de los clientes estadounidenses, a menos que un acuerdo recíproco disponga lo contrario. La jurisdicción del emisor no podría estar sujeta a sanciones estadounidenses integrales ni ser designada como una preocupación principal de lavado de dinero. Las pruebas a nivel de emisor se aplicarían junto con la debida diligencia de la plataforma sobre el cumplimiento de órdenes legales. La propuesta no es una prohibición general sobre mantener o transferir directamente stablecoins extranjeras. Las exenciones incluyen ciertas transferencias directas entre individuos sin intermediario. Otras exenciones cubren ciertas transferencias entre cuentas estadounidenses y extranjeras del mismo titular. Las exenciones también cubren transacciones a través de monederos de software o hardware utilizados para custodia propia del individuo. El Tesoro está considerando si requerir representaciones por escrito o actualizadas regularmente del emisor, retención de registros, revisión de contratos inteligentes o verificaciones de funciones de incautación, congelación y quema. Estos posibles requisitos no son mandatos actuales. Los comentarios sobre la propuesta del Registro Federal cierran el 19 de octubre de 2026. La disponibilidad en EE.UU. dependerá de las categorías y la evidencia de cumplimiento hasta que el Tesoro finalice el estándar y los reguladores tomen decisiones específicas por emisor.

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