La SEC proporciona claridad sobre la custodia de valores de activos criptográficos por parte de los corredores-dealers.

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La Comisión de Bolsa y Valores de los Estados Unidos (SEC, por sus siglas en inglés) delineó cómo los corredores de bolsa pueden custodiar legalmente valores de criptoactivos bajo las reglas existentes de protección al cliente. La orientación, publicada el 17 de diciembre por el personal de la División de Comercio y Mercados, aclara la Regla 15c3-3, enfocándose en la posesión o el control físico. Explica cuándo un corredor de bolsa puede considerarse en posesión de un valor de criptoactivo, como al tener acceso directo a la blockchain y capacidad de transferencia. La declaración también enfatiza evaluaciones documentadas de las características de la blockchain y su resiliencia operativa, junto con controles para proteger las claves privadas y gestionar interrupciones de datos en la cadena, como ataques del 51% o bifurcaciones duras (hard forks).
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